Este documento establece las normas y pautas que garantizan el éxito del negocio y su crecimiento futuro. Es fundamental contar con un contrato de franquicia en excelentes condiciones que permita asegurar el correcto desarrollo de la marca y los ingresos a largo plazo.
El contrato de franquicia asegura que el franquiciado tenga acceso a los productos y servicios del franquiciador, lo que garantiza la calidad y el estándar de los mismos. Además, en el mismo se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes, los términos económicos, los acuerdos de confidencialidad y pactos de no competencia, entre otros muchos apartados más. De no establecerse un contrato en condiciones, todo lo expuesto no se sostendrá en el tiempo y esto impactará en la marca, en el esfuerzo desarrollado y en los ingresos.
Es fundamental que el franquiciador aporte la titularidad de la marca y ceda su uso al franquiciado.
El contrato debe establecer la obligación de que el saber- hacer del franquiciador se transmita al franquiciado, así como las características generales del mismo.
El plan de formación y la asistencia al franquiciado deben quedar claramente definidos en el contrato.
El franquiciador debe designar una zona de exclusividad para el franquiciado, garantizando su derecho a explotar el negocio sin competencia directa en esa zona.
El contrato debe indicar las fuentes de suministro de los productos, que suelen ser exclusivas del franquiciador o de proveedores homologados.
Las contraprestaciones económicas deben quedar claramente determinadas entre ambas partes.
Debe garantizarse el cumplimiento de las obligaciones del contrato por parte del franquiciado, especialmente en cuanto al pago de contraprestaciones, a la imagen corporativa, al sistema de aprovisionamiento y al uso de la marca.
El contrato debe detallar los derechos y obligaciones del franquiciador y el franquiciado en múltiples aspectos de la relación establecida y debe ser equilibrado.
El contrato debe regular los aspectos de no competencia contractual y postcontractual.
La duración del contrato no está determinada, pero debe ser superior al periodo de amortización de la inversión del franquiciado.
Casi todos los contratos de franquicia acostumbran a ser intuitu personae. Esto es, en consideración a las cualidades profesionales, patrimoniales y personales del franquiciado. Y definen la independencia de las partes.
Por otro lado, y en cumplimiento de la Ley de Ordenación de Comercio Minorista, el contrato de franquicia debe ser entregado al futuro franquiciado antes de su firma con 20 días de antelación.
Preparamos, desarrollamos y realizamos todos los soportes legales que son necesarios para operar en franquicia. A continuación, se definen cada uno de los principales soportes documentales y legales que son requeridos en nuestro contrato de franquicia y que forman parte del Proyecto de Franquicia. Todos ellos son desarrollados por nuestro equipo.
El contrato de franquicia constituye el pilar básico de toda franquicia y regulará la relación entre las partes durante toda su vigencia. En este documento quedarán establecidos los derechos y obligaciones de las partes y las directrices que condicionarán la relación entre franquiciador y franquiciado.
El contrato de Masterfranquicia permite que un tercero se convierta en el franquiciador en una zona o país determinados y viene a replicar la estructura de la central de franquicias. Es el tipo de contrato que se utiliza habitualmente en la expansión internacional.
Con la firma de este documento, un candidato sin haber adquirido la condición de franquiciado -ésta sólo se adquiere con la firma del pertinente contrato de franquicia- puede reservarse el derecho de la franquicia en una determinada zona de exclusividad.
Es el documento que relaciona la información que deberá entregarse a un potencial franquiciado con una antelación mínima de 20 días a la firma de cualquier documento contractual o entrega de importe económico al franquiciador.
Estos documentos permiten reproducir el saber hacer del negocio para cedérselo a los futuros franquiciados y representan fielmente toda la forma de explotación de la actividad objeto de la franquicia. Son anexos a la firma del contrato de franquicia.
Este acuerdo permite la circulación de información confidencial entre las partes sin que pueda ser revelada a terceros.
Es una herramienta esencial en la comunicación del modelo de negocio a potenciales candidatos. Debe complementar la información exigida en términos de transparencia, junto con la información comercial de la propia empresa.
Para más información, puedes contactar con nosotros directamente a través del teléfono 911 592 558 o en el mail [email protected]